El Reglamento europeo de inteligencia artificial alcanza su primera fase de aplicación efectiva. A partir del 2 de agosto de 2026, la Comisión Europea exige el cumplimiento de las obligaciones iniciales de transparencia previstas en la norma, un conjunto de medidas que afectan tanto a desarrolladores de IA como a miles de organizaciones que utilizan esta tecnología en sus servicios y comunicaciones, según informa Expansión.
Entre las exigencias que entran en vigor destaca la obligación de identificar los sistemas de inteligencia artificial con los que interactúa el usuario. Los chatbots y asistentes virtuales deberán informar de manera clara que el usuario está conversando con una IA y no con una persona. Asimismo, los contenidos creados o alterados mediante inteligencia artificial —incluidos los denominados deepfakes— deberán estar debidamente etiquetados e incorporar marcas legibles por máquina para facilitar su detección automática.
El objetivo de Bruselas es reducir los riesgos de manipulación y desinformación, reforzar la confianza en estas herramientas y establecer un marco homogéneo para el despliegue de la inteligencia artificial en el mercado europeo.
Más allá de los desarrolladores de IA
Ceyhun Necati Pehlivan, socio fundador de Cornerstone Counsel, señala que la entrada en vigor de estas obligaciones marca un punto de inflexión. «Con la entrada en aplicación de estas obligaciones comienza una nueva etapa del Reglamento. El debate deja de centrarse en el contenido de la norma y pasa a su implementación práctica. A partir de ahora, las organizaciones deberán demostrar que han incorporado mecanismos efectivos para cumplir con estos requisitos», afirma.
Uno de los principales retos será hacer comprender que el Reglamento no afecta exclusivamente a las compañías que desarrollan modelos de inteligencia artificial. «Estas obligaciones alcanzan también a numerosas organizaciones que utilizan la IA en sus procesos, servicios o comunicaciones, por lo que será necesario revisar procedimientos internos, políticas y mecanismos de información dirigidos a los usuarios», advierte Pehlivan.
En este contexto, la transformación digital de las empresas españolas impulsada por la inteligencia artificial deberá ahora adaptarse a un marco regulatorio concreto.
Obligaciones para modelos de propósito general
La aplicación de la norma también alcanza a los proveedores de modelos de IA de propósito general (GPAI), que deberán cumplir nuevas obligaciones de documentación, transparencia sobre los datos de entrenamiento y políticas de respeto a los derechos de autor. Los modelos considerados de riesgo sistémico estarán sujetos a exigencias específicas para gestionar riesgos de daños a gran escala, incluidos incidentes químicos, biológicos, radiológicos y nucleares, pérdida de control, ciberdelincuencia, manipulación nociva y amenazas a los derechos fundamentales.
Todos los proveedores de modelos de GPAI deben documentar determinada información y facilitarla a las autoridades competentes o a los proveedores intermedios. También deben establecer una política de derechos de autor y publicar un resumen suficientemente detallado del contenido utilizado para entrenar sus modelos.
La supervisión correrá a cargo de la Oficina de IA de la Comisión Europea y de las autoridades nacionales competentes. Además, se prohíben los sistemas particularmente dañinos, incluidos aquellos que manipulan a las personas, explotan vulnerabilidades de manera nociva o califican injustamente a las personas de manera que amenazan sus derechos.
Directrices de la Comisión y próximas fases
Pehlivan destaca la relevancia de las directrices publicadas recientemente por la Comisión Europea. «Son especialmente relevantes porque aportan seguridad jurídica sobre cuestiones que habían generado numerosas dudas prácticas, como el alcance de los contenidos generados por IA, los supuestos en los que debe informarse a los usuarios o las distintas vías para acreditar el cumplimiento de estas obligaciones», añade.
La entrada en vigor de estas obligaciones no supone el despliegue completo del Reglamento. La aplicación continuará de forma escalonada durante los próximos años. Las obligaciones para los sistemas de IA de alto riesgo se retrasan hasta el 2 de diciembre de 2027, mientras que las relativas a los sistemas integrados en productos regulados comenzarán a aplicarse en agosto de 2028.
